Matrimonio igualitario en Ecuador: el primer paso
“Somos un matrimonio. Solo que somos uno que el Estado ecuatoriano se niega en reconocer ¿Acaso nuestro amor y nuestra relación tienen menos valía? ¿Por qué nuestra unión de diez años tiene que pasar por el microscopio social, moral […] jurídico y judicial?”
Pamela Troya, Junio 2019
El 12 de junio de 2019 en el Ecuador triunfaron los derechos humanos, la igualdad, la dignidad y primordialmente, el amor. La Corte Constitucional dio luz verde al matrimonio civil igualitario, reconociendo finalmente los derechos que por tanto tiempo se les había negado a las parejas de identidad sexual diversa. Previo a revisar los retos que se vienen dentro de los procesos de lucha por la dignidad de los miembros de los colectivos LGBTIQ, vale destacar ciertos hitos en el andar de esta lucha.
En agosto de 2013, el Registro Civil negó la posibilidad de contraer matrimonio a Pamela Troya y Gabriela Correa, quienes presentaron una Acción de Protección que no fue otorgada, razón por lo cual llevaron su caso ante la Corte Constitucional, convirtiéndose en lideresas en la lucha del matrimonio igualitario. Sus acciones de lucha sirvieron para poner sobre la mesa de la sociedad ecuatoriana un claro mensaje: “Aquí estamos, también tenemos derechos y no nos asimilaremos más a su imaginario patriarcal heterosexual”.
Siguiendo la senda marcada por Gaby y Pamela, varias parejas emprendieron su propio camino de lucha, desde Fernando Saltos y Santiago Vinces, que en noviembre de 2013 acudieron, tras una caminata simbólica, al Registro Civil de Guayaquil para solicitar contraer matrimonio, recibiendo un rotundo “no” luego de ocho días de espera; pasando por Efraín Soria y Javier Benalcázar, quienes también solicitaron contraer matrimonio un 13 de abril de 2018, recibiendo la misma negativa que otras parejas, basada en una interpretación literal y arcaica de la norma; hasta llegar a la mecha encendida por Rubén Salazar y Daniel Verdesoto, pareja que un 07 de agosto de 2018, interpuso –al igual que las otras parejas mencionadas- una acción de protección en contra del Registro Civil del Ecuador. Cada uno de estos procesos conlleva sus particularidades; sin embargo, hay que destacar que los dos últimos fueron tratados el histórico 12 de junio por la Corte Constitucional.
A todo esto, vale destacar que en el año 2014 se reformó el Código Civil para permitir la unión de hecho a las parejas de identidad sexual diversa, señalando que otorga los “mismos” derechos que el matrimonio. Nunca existió dicha igualdad de derechos, por la diferencia de nombre de ambas figuras, por la negativa de la posibilidad de adopción y además por un tema de legitimación o validación ante la sociedad.
Ahora bien, la sentencia No. 11-18-CN/2019 (matrimonio igualitario) del 12 de junio, en la que se determinó que la Opinión Consultiva de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (OC24/17) es vinculante y complementaria al texto constitucional, reconociendo el derecho al matrimonio entre parejas del mismo sexo. Ante esto, es justo preguntarse ¿Qué viene después?
Al entender que los derechos son conquistas y que atrás de ellos hay historias, la historia de uno y de miles de personas que claman igualdad, dentro de un Estado de Derechos, la Corte Constitucional como máximo ente encargado de interpretar la Constitución debe no sólo reconocer el derecho al matrimonio civil para las parejas del mismo sexo, sino ampliar su alcance para que este contrato tenga los efectos plenos de un matrimonio libre y consentido.
Así, la igualdad no sólo se enuncia, sino que se convierte en una práctica diaria que requiere condiciones materiales para su efectividad. Por lo tanto, entre los derechos interdependientes al acceder al matrimonio está la posibilidad de formar una familia, de adoptar: sí, eso es igualdad.
En el Ecuador el debate continúa, incomoda y es censurado porque es más fácil mantener el discurso heteronormativo, religioso de las “grandes mayorías”, incluso entre minorías vulneradas y personas de “izquierda” que rechazan esta decisión, en un ambiente enajenado, que restringe los espacios de discusión y aprendizaje. Ante esto, hay que ser críticos con el currículo oculto, con los discursos moralistas, con las prácticas discriminatorias desde el ámbito individual, familiar, colectivo, institucional y de militancia excluyente ¿Hasta cuándo ese otro distinto a mí tiene que justificar su humanidad?
Es urgente entender las implicaciones de un Estado Laico, de apropiarnos de los Instrumentos Internacionales de Derechos Humanos, como herramientas necesarias para exigir un poquito más de justicia y dignidad, de mirar al otro como un sujeto de derechos, como un aliado, no como un objeto. Pedro Lemebel ya lo dijo:
¿Y entonces?
¿Qué harán con nosotros compañero?
[…] ¿Van a dejarnos bordar de pájaros las banderas de la patria libre?
[…] El fusil se lo dejo a usted
Que tiene la sangre fría.
Y no es miedo,
El miedo se me fue pasando
De atajar cuchillos
En los sótanos sexuales donde anduve
[…] Yo no soy buena onda
Yo acepto al mundo
Sin pedirle esa buena onda
Pero igual se ríen, tengo cicatrices de risas en la espalda
[…] A usted le doy este mensaje
Y no es por mí,
Yo estoy viejo
Y su utopía es para las generaciones futuras
Hay tantos niños que van a nacer
Con una alita rota
Y yo quiero que vuelen compañero
Que su revolución
Les dé un pedazo de cielo rojo
Para que puedan volar.
*Este artículo se elaboró con la colaboración de Karen Poveda (Abogada experta en Derechos Humanos).